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Detalles del procedimiento: VOLANTE DE PADRÓN

Iniciar trámite

Detalles

Iniciar Trámite

La obtención del volante de empadronamiento podrá realizarlo a través de esta sede electrónica y con respuesta inmediata.

Descripción

Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual. Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:

  • Para expedir o renovar el Documento Nacional de Identidad (DNI).

  • Para expedir o renovar el pasaporte.

  • Para renovar el carné de conducir.

  • Para matricular un vehículo.

  • Para solicitar una plaza escolar.

  • Para acceder a una ayuda por desempleo.

  • Para justificar la residencia.

  • Para recibir ayudas de los servicios sociales o acceder a descuentos.

  • Trámites administrativos de la Comunidad Autónoma de residencia o de la Administración central que no exijan la presentación de un certificado de empadronamiento.

El volante de empadronamiento demuestra dónde y con quién está empadronada una persona. Si se necesitan datos más antiguos, se debe solicitar un certificado de empadronamiento.


Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona mayor de 16 años que esté empadronada en el municipio.

En el caso de menores de 16 años no emancipados empadronados en el municipio, el volante de empadronamiento deberá ser solicitado por sus padres o representantes legales.

Plazos

  • Plazo de presentación de la solicitud

No existe un plazo para la presentación de la solicitud por parte del interesado.

  • Plazos de resolución del trámite

Para el caso de que no exista plazo específico de resolución, el plazo máximo será de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Plazo de validez del documento

El plazo de validez del certificado lo establece la Administración que lo expide y empieza a contar desde la fecha de expedición del mismo.

Normativa aplicación

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • La Ley 4/1996, de 10 de Enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal.

  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de Julio.

  • Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

  • Ordenanzas municipales aplicables.

Realizar el Trámite

A-.Realización del trámite por internet

Indicaciones:

Para realizar la Solicitud de Volante de Empadronamiento de forma electrónica es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.

B-.Realización del trámite por teléfono

Teléfono de atención al ciudadano:

954110005

C-.Realización del trámite presencialmente

Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:

- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

- Documento de Identificación del interesado. 

- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación de la persona interesada.

- Documento de representación, en caso de que exista representación del interesado.

- Otra documentación que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.

Dirección donde realizar el trámite:

Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 0. Olivares (Sevilla).

Telf:

954110005

Horario:

De 09:00 a 14:00

Costes:

Este trámite no tiene coste alguno.