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Details
Descripción
Mediante el presente
procedimiento los ciudadanos, en cualquier momento, pueden solicitar
la expedición de certificaciones o justificantes de pago de los
tributos gestionados por este Ayuntamiento. El certificado o
justificando emitido por el Ayuntamiento acredita que se ha efectuado
el pago de un determinado tributo, un precio público o una multa.
Quién puede realizar el trámite
El solicitante debe
ser el obligado al pago del tributo correspondiente al informe
solicitado.
Plazos
No existe un plazo
para la presentación de la solicitud por parte del interesado, sin
embargo es condición necesaria para obtener el informe que se haya
ejecutado el pago del tributo en los ejercicios indicados.
Para
el caso de que no exista plazo específico de resolución,el plazo
máximo será de tres meses a contar desde la fecha en que la
solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la
Administración u Organismo competente para su tramitación, según
lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cualquier momento,
siempre que se haya efectuado el pago del correspondiente tributo,
precio público o multa.
Normativa aplicación
Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria.
Real Decreto
Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Real Decreto
939/2005 de 29 julio, por el que se aprueba el Reglamento General de
Recaudación.
Real Decreto
1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e
inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los
procedimientos de aplicación de los tributos.
Orden
EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el
procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de
determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal
de Administración Tributaria.
Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal.
Ordenanzas
municipales aplicables.
Realizar el Trámite
A-.Realización del trámite por internet
Indicaciones:
Para realizar la
Solicitud de Informe de Pago de Tributo de forma electrónica, es
necesario que el solicitante cuente con un certificado digital
expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado,
DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.
Documentación
necesaria para realizar el trámite por internet:
- Impreso de solicitud
debidamente cumplimentado.
- Documento de Identificación del
Representante, en caso de que exista representación de la persona
interesada.
- Documento de
representación, en caso de que exista representación del
interesado.
- Otra documentación
que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.
B-.Realización del trámite por teléfono
Teléfono
de atención al ciudadano:
954110005
C-.Realización del trámite presencialmente
Documentación
necesaria para realizar el trámite presencialmente:
- Impreso de solicitud
debidamente cumplimentado.
- Documento de
Identificación del interesado.
- Documento de Identificación
del Representante, en caso de que exista representación de la
persona interesada.
- Documento de
representación, en caso de que exista representación del
interesado.
- Otra documentación
que corresponda, según ordenanza municipal aplicable.
Dirección
donde realizar el trámite:
Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 0. Olivares (Sevilla).
Telf:
954110005
Horario:
De 09:00 a 14:00
Costes:
Los
costes son los correspondientes a las tasas aprobadas en la ordenanza
fiscal del Municipio.
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Solicitud descargable
Solicitud descargable
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