Se está realizando la presentación de su solicitud. Por favor, espere
Por favor espere.
Inicio

Detalles del procedimiento: LICENCIA DE OBRA MAYOR

Iniciar trámite

Detalles

Descripción

El objeto de este trámite es la obtención del documento que autoriza la realización de obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de toda clase y cualquiera que sea su uso, definitivas o provisionales, sean de nueva planta o de ampliación, así como las de modificación o reforma, cuando afecten a la estructura, la disposición interior o el aspecto exterior, y las de demolición de las existentes, salvo el supuesto de ruina física inminente.

Con dicha Licencia se verifica que los actos de construcción o edificación e instalación y de uso del suelo, incluidos el vuelo y el subsuelo, se adecuan al planeamiento vigente y a la normativa urbanística de aplicación.

Caben distintos tipos de obras:

  1. Obra de nueva planta. Aquella que da lugar a un nuevo edificio, independientemente de si ha existido demolición total previa de otro edificio o no.

  2. Obra de rehabilitación. A diferencia de la anterior, no da lugar a la construcción de un nuevo edificio sino que se actúa sobre los ya construidos todo ello con independencia de que haya habido o no demoliciones parciales. Puede ser de dos tipos:

    • Obra de ampliación: Cuando se aumenta la superficie ya construida incorporando nuevos elementos estructurales. Este incremento puede realizarse de forma vertical sin aumentar la superficie ocupada sobre el terreno (Ej. añadiendo una nueva planta) o bien horizontalmente, y en tal caso sí existe superficie a añadir en el terreno.

    • Obra de reforma y/o restauración: Cuando no varía la superficie construida pero el edificio sufre modificaciones que afectan a algún elemento estructural ó se implante alguna dotación previamente inexistente.

  1. Obra de demolición: Es el derribo total o parcial de un edificio. Pueden ser de tres tipos:

  • Demolición total previa: Es el derribo total o desaparición del edificio existente, previo a la construcción de otro. Tanto la demolición como la posterior construcción están amparadas por una misma licencia.

  • Demolición total exclusivamente: Da lugar a la desaparición del edificio sin que se solicite en la licencia ninguna nueva construcción.

  • Demolición parcial: Se da solamente en obras de rehabilitación. La licencia es conjunta para la demolición y rehabilitación.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona física o jurídica.

Plazos

  • Plazo de presentación de la solicitud

La solicitud se hará siempre con anterioridad al inicio de las obras.

  • Plazos de resolución del trámite

La resolución expresa deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses. El plazo máximo en que debe notificarse la resolución comenzará a contar desde la fecha en que la solicitud tenga entrada en el registro electrónico del Ayuntamiento, según lo previsto en el Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  • Plazo de validez del documento

Las licencias se otorgarán por un plazo determinado tanto para iniciar como para terminar los actos amparados por ella, el cual será el establecido en el planeamiento del municipio o en el documento de concesión y en caso de que no se determine expresamente, se entenderán otorgadas bajo la condición legal de la observancia de un año para iniciar las obras desde que se expide la licencia y de tres años para la ejecución de éstas. Respecto a ambos plazos, los municipios podrán conceder prórrogas por una sola vez, por un nuevo plazo no superior al inicialmente establecido. Pasado estos plazos, la licencia estará incursa en causa de caducidad.

Normativa aplicación

  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • Real Decreto 2159/1978 de 23 de Junio, Reglamento de Planeamiento urbanístico.

  • Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

  • Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

  • Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de Edificación.

  • Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

  • Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento.

  • Ordenanzas municipales aplicables.

Realizar el Trámite

A-.Realización del trámite por internet

Indicaciones:

Para realizar la Solicitud de Licencia de Obras de forma electrónica, , es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.

Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:

  • General

- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.

- Justificante del pago de Tasa por Licencias Urbanísticas (tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio, así como el importe correspondiente al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

- Proyecto técnico, suscrito por facultativo competente, con el grado de detalle que establezca la legislación sectorial. En cualquier caso, cuando no sea exigible un proyecto técnico, las solicitudes se acompañaran de una memoria descriptiva y gráfica que defina las características generales de su objeto y del inmueble en el que se pretenda llevar a cabo.

- Con carácter general los proyectos podrán presentarse de forma voluntaria ante el Colegio Profesional correspondiente para su visado. No obstante, el visado será obligatorio en los supuestos establecidos en la normativa estatal. El proyecto se acompañará de los actos administrativos que autoricen la edificación o uso del suelo adoptados por la Administración urbanística correspondiente en los que se hagan constar las circunstancias establecidas por la legislación y el planeamiento urbanístico relativas a la finca.

- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.

- Documento de representación, en caso de que exista representación de la persona interesada.

- Autorizaciones e informes exigibles con carácter previo a la licencia conforme a la legislación y ordenanzas municipales aplicables.

  • Específica

- Para los supuestos de Obras de edificación, será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal. - - Para los supuestos de construcciones o instalaciones de nueva planta, así como ampliaciones de las mismas, deben indicar su destino, que debe ser conforme a las características de la construcción o instalación.

- Cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste.

- En el caso de que sea necesario colocar andamios fijos o colgantes, debe presentar Certificado de Técnico Competente en el que se responsabilice del montaje, mantenimiento y desmontaje, así como de las medidas de seguridad que debe cumplir la instalación, junto con el correspondiente Estudio de Seguridad y Salud de las obras o, en su caso, Estudio Básico, visado por su Colegio Profesional.

B-.Realización del trámite por teléfono

Teléfono de atención al ciudadano:

954110005

C-.Realización del trámite presencialmente

Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:

  • General

- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

- Documento de Identificación del interesado.

- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.

- Justificante del pago de Tasa por Licencias Urbanísticas (tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio, así como el importe correspondiente al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

- Proyecto técnico, suscrito por facultativo competente, con el grado de detalle que establezca la legislación sectorial. En cualquier caso, cuando no sea exigible un proyecto técnico, las solicitudes se acompañaran de una memoria descriptiva y gráfica que defina las características generales de su objeto y del inmueble en el que se pretenda llevar a cabo.

- Con carácter general los proyectos podrán presentarse de forma voluntaria ante el Colegio Profesional correspondiente para su visado. No obstante, el visado será obligatorio en los supuestos establecidos en la normativa estatal. El proyecto se acompañará de los actos administrativos que autoricen la edificación o uso del suelo adoptados por la Administración urbanística correspondiente en los que se hagan constar las circunstancias establecidas por la legislación y el planeamiento urbanístico relativas a la finca.

- Documento de representación, en caso de que exista representación de la persona interesada.

- Autorizaciones e informes exigibles con carácter previo a la licencia conforme a la legislación y ordenanzas municipales aplicables.

  • Específica

- Para los supuestos de Obras de edificación, será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal. - - Para los supuestos de construcciones o instalaciones de nueva planta, así como ampliaciones de las mismas, deben indicar su destino, que debe ser conforme a las características de la construcción o instalación.

- Cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste.

- En el caso de que sea necesario colocar andamios fijos o colgantes, debe presentar Certificado de Técnico Competente en el que se responsabilice del montaje, mantenimiento y desmontaje, así como de las medidas de seguridad que debe cumplir la instalación, junto con el correspondiente Estudio de Seguridad y Salud de las obras o, en su caso, Estudio Básico, visado por su Colegio Profesional.

Dirección donde realizar el trámite:

Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 0. Olivares (Sevilla).

Telf:

954110005

Horario:

De 09:00 a 14:00

Costes:

Los costes asociados son los correspondientes a las tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio, así como el importe correspondiente al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

Formularios para su descarga

Solicitud descargable

Solicitud descargable