Se está realizando la presentación de su solicitud. Por favor, espere
Por favor espere.
Inicio

Detalles del procedimiento: LICENCIA DE OBRA MENOR

Iniciar trámite

Detalles

Descripción

Obtención del documento que autoriza la realización de obras menores, entendiendo como obras menores aquellas pequeñas obras de reparación, modificación o adecentamiento, ya sean realizadas en edificios, locales, viviendas particulares, comercios, oficinas, o vía pública, de sencillez técnica y escasa entidad constructiva económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número de viviendas o locales, y que no precisen proyecto técnico firmado por profesionales titulados. Se requerirá además autorización previa por parte de la Consejería de Cultura cuando dichas obras afecten a un Bien Inmueble Incoado o declarado B.I.C. o inscrito en el Catálogo General de Bienes del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Dentro de éstas se encuentran supuestos tales como:

  • Reformas en viviendas (interior).

  • Reparación de cubiertas y azoteas.

  • Colocación de rejas.

  • Modificación de balcones, repisas o elementos salientes.

  • Colocación de puertas y persianas en las aberturas.

  • Pinturas y reparación de fachadas de edificios.

  • Reformas en locales (pequeñas reformas o mejoras de obras existentes).

  • Panteones, otras obras en el cementerio municipal.

  • Instalación de Gas Natural.

  • Construcción, reparación o sustitución de tuberías de instalaciones, desagües y albañales.

Quién puede realizar el trámite

Cualquier persona física o jurídica.

Plazos

  • Plazo de presentación de la solicitud

La solicitud se hará siempre con anterioridad al inicio de las obras.

  • Plazos de resolución del trámite

La resolución expresa deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses. El plazo máximo en que debe notificarse la resolución comenzará a contar desde la fecha en que la solicitud tenga entrada en el registro electrónico del Ayuntamiento, según lo previsto en el Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  • Plazo de validez del documento

Las licencias se otorgarán por un plazo determinado tanto para iniciar como para terminar los actos amparados por ella, el cual será el establecido en el planeamiento del municipio o en el documento de concesión y en caso de que no se determine expresamente, se entenderán otorgadas bajo la condición legal de la observancia de un año para iniciar las obras desde que se expide la licencia y de tres años para la ejecución de éstas. Respecto a ambos plazos, los municipios podrán conceder prórrogas por una sola vez, por un nuevo plazo no superior al inicialmente establecido. Pasado estos plazos, la licencia estará incursa en causa de caducidad.

Normativa aplicación

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

  • Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  • Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de Edificación.

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

  • Real decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. 

  • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

  • Ley 12/2.012 de 26 de diciembre de Medidas Urgentes de Liberalización del Mercado y Determinados Servicios modificada por Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, respecto a las obras de adecuación de locales a que la misma se refiere.

  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

  • Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento.

  • Ordenanzas municipales aplicables.

Realizar el Trámite

A-.Realización del trámite por internet

Indicaciones:

Para realizar la Solicitud de Licencia de Obra Menor de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado, DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.

Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:

- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.

- Justificante del pago de Tasa por Licencias Urbanísticas (tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio, así como el importe correspondiente al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

- Proyecto técnico, suscrito por facultativo competente, con el grado de detalle que establezca la legislación sectorial. En cualquier caso, cuando no sea exigible un proyecto técnico, las solicitudes se acompañaran de una memoria descriptiva y gráfica que defina las características generales de su objeto y del inmueble en el que se pretenda llevar a cabo.

Con carácter general los proyectos podrán presentarse de forma voluntaria ante el Colegio Profesional correspondiente para su visado. No obstante, el visado será obligatorio en los supuestos establecidos en la normativa estatal. El proyecto se acompañará de los actos administrativos que autoricen la edificación o uso del suelo adoptados por la Administración urbanística correspondiente en los que se hagan constar las circunstancias establecidas por la legislación y el planeamiento urbanístico relativas a la finca.

- Autorizaciones e informes exigibles con carácter previo a la licencia conforme a la legislación y ordenanzas municipales aplicables.

- Cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste.

- En el caso de que sea necesario colocar andamios fijos o colgantes, debe presentar Certificado de Técnico Competente en el que se responsabilice del montaje, mantenimiento y desmontaje, así como de las medidas de seguridad que debe cumplir la instalación, junto con el correspondiente Estudio de Seguridad y Salud de las obras o, en su caso, Estudio Básico, visado por su Colegio Profesional.

- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.

- Documento de representación, en caso de que exista representación de la persona interesada.

B-.Realización del trámite por teléfono

Teléfono de atención al ciudadano:

954110005

C-.Realización del trámite presencialmente

Documentación necesaria para realizar el trámite presencialmente:

- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

- Documento de Identificación del interesado.

- Justificante del pago de Tasa por Licencias Urbanísticas (tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio, así como el importe correspondiente al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

- Proyecto técnico, suscrito por facultativo competente, con el grado de detalle que establezca la legislación sectorial. En cualquier caso, cuando no sea exigible un proyecto técnico, las solicitudes se acompañaran de una memoria descriptiva y gráfica que defina las características generales de su objeto y del inmueble en el que se pretenda llevar a cabo.

- Con carácter general los proyectos podrán presentarse de forma voluntaria ante el Colegio Profesional correspondiente para su visado. No obstante, el visado será obligatorio en los supuestos establecidos en la normativa estatal. El proyecto se acompañará de los actos administrativos que autoricen la edificación o uso del suelo adoptados por la Administración urbanística correspondiente en los que se hagan constar las circunstancias establecidas por la legislación y el planeamiento urbanístico relativas a la finca.

- Autorizaciones e informes exigibles con carácter previo a la licencia conforme a la legislación y ordenanzas municipales aplicables.

- Cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste.

- En el caso de que sea necesario colocar andamios fijos o colgantes, debe presentar Certificado de Técnico Competente en el que se responsabilice del montaje, mantenimiento y desmontaje, así como de las medidas de seguridad que debe cumplir la instalación, junto con el correspondiente Estudio de Seguridad y Salud de las obras o, en su caso, Estudio Básico, visado por su Colegio Profesional.

- Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista representación del interesado.

- Documento de representación, en caso de que exista representación de la persona interesada.

Dirección donde realizar el trámite:

Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 0. Olivares (Sevilla).

Telf:

954110005

Horario:

De 09:00 a 14:00

Costes:

Los costes asociados son los correspondientes a las tasas aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio, así como el importe correspondiente al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

Formularios para su descarga

Solicitud descargable

Solicitud descargable