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Details
Descripción
A través de este
trámite se realiza la solicitud de licencia para cortar al tráfico
calles por diferentes motivos. Estos permisos tienen carácter
puntual y limitados, se autoriza que determinadas actividades de
obras u operaciones de carga y descarga se realicen cerrando la calle
al tráfico.
Antes de conceder
este tipo de permisos, se estudiará si existe otra fórmula que
permita realizarlos y mantener el tráfico, accediéndose al corte
sólo cuando no haya otra alternativa.
Quién puede realizar el trámite
Cualquier persona física o
jurídica.
Plazos
No existe un plazo para la
presentación de la solicitud por parte del interesado.
Para
el caso de que no exista plazo específico de resolución, el plazo
máximo será de tres meses
a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el
registro electrónico de la Administración u Organismo competente
para su tramitación, según lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Normativa aplicación
Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto Legislativo
7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Ley 7/2002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Real Decreto 2187/1978, de
Disciplina Urbanística.
Real Decreto 1093/1997, de 4
de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al
Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre
inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza
urbanística.
Normas contenidas en el
Planeamiento Municipal de cada municipio o Normas Subsidiarias
adaptadas a la Ley 7/2002, y, en su caso, Ordenanzas Municipales
aplicables.
Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Ordenanzas municipales
aplicables.
Normas contenidas en el
Planeamiento Municipal de cada municipio o normas subsidiaria.
Realizar el Trámite
A-.Realización del trámite por internet
Indicaciones:
Para realizar la
Solicitud de Licencia para Cortes de Calles de forma electrónica es
necesario que el solicitante cuente con un certificado digital
expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado,
o DNI electrónico, o usuario y clave de esta sede electrónica.
Documentación
necesaria para realizar el trámite por internet:
- Impreso de solicitud debidamente
cumplimentado.
- Documento de Identificación del Representante,
en caso de que exista representación del interesado.
- Documento de representación, en
caso de que exista representación del interesado.
- Recibo del pago de la Tasa
correspondiente.
- Otra documentación que corresponda, según
ordenanza municipal aplicable.
B-.Realización del trámite por teléfono
Teléfono de
atención al ciudadano:
954110005
C-.Realización del trámite presencialmente
Documentación
necesaria para realizar el trámite presencialmente:
- Impreso de solicitud debidamente
cumplimentado.
- Documento de Identificación del interesado.
-
Documento de Identificación del Representante, en caso de que exista
representación del interesado.
- Documento de representación,
en caso de que exista representación del interesado.
- Recibo del pago de la Tasa
correspondiente.
- Otra documentación que corresponda.
Dirección
donde realizar el trámite:
Dirección PLAZA DE ESPAÑA, 0. Olivares (Sevilla).
Telf:
954110005
Horario:
De 09:00 a 14:00
Costes:
Los costes asociados a la solicitud
de concesión de Licencia son los correspondientes a las tasas
aprobadas en la ordenanza fiscal del Municipio.
Templates
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Solicitud descargable
Solicitud descargable
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